Novedades en la normativa de ascensores: EN 81-20 y EN 81-50

El 1 de Septiembre de 2017 es la fecha que ha marcado un antes y un después en cuanto a la normativa del ascensor.

Así como hasta esa fecha, las normas se estructuraban de manera que existía: la norma EN81-1  la cual contiene los requisitos técnicos y los procedimientos y ensayos para los diseños de los ascensores eléctricos  y  por otro lado la norma EN81-2 para los ascensores hidráulicos.   Ahora, las nuevas  normas están estructuradas de manera que la norma EN81-20 contiene los requisitos técnicos para el diseño de los ascensores eléctricos e hidráulicos y la norma EN81-50 contiene los requisitos de procedimientos y ensayos para los ascensores eléctricos e hidráulicos.

Las nuevas normas mejorarán la seguridad gracias a la incorporación de progresos tecnológicos tanto en la fabricación como en la puesta en marcha, así como reglas de diseño, cálculo, inspecciones y ensayos de los componentes del ascensor.

¿Afectan también a los ascensores ya instalados  estas nuevas normas?

Todos los ascensores que se legalicen después del 31 de agosto de 2017 deberán cumplir la nueva normativa y no será posible legalizar ninguna instalación por la normativa anterior a partir de esta fecha.

¿Afecta a las plataformas elevadoras?

Depende de la velocidad con la que estén diseñados. Hasta v=0.15 m/s se pueden considerar máquinas y por lo tanto les aplica la Directiva de máquinas 2006/42/CE. Si la velocidad es superior a 0.15 m/s, se consideran ascensor y sí les aplica.

¿Afecta a ascensores montacargas, montacamillas y montacoches?

Sí, al igual que lo hacían antes las normas EN 81-1/2:1998+A3:2009.

¿Afecta a las estructuras modulares y huecos donde se instala el ascensor?

Sí. Las nuevas normas hacen una definición más detallada y exigente de los requerimientos que debe cumplir el hueco en paredes, suelo y techo. También afecta a los cristales que deben ser laminados.

¿Qué debo hacer si estoy planificando una obra nueva?

Se recomienda comenzar la planificación aplicando la nueva normativa EN 81-20:2014 y EN 81-50:2014.

¿Qué debo hacer si estoy planificando una reforma de un ascensor en un edificio existente?

La nueva normativa se aplica a nuevos ascensores que se deben poner en funcionamiento. No aplica en ascensores en funcionamiento o en ascensores que no se sustituyen totalmente por uno nuevo.

De todas formas si tienes cualquier duda al respecto no dudes en contactar con Ascensores Teide, S.L.L., desde aquí te podremos asesorar sobre cuál es la mejor opción para que tu instalación cumpla la normativa.

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